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Peru Aprueba el Plan de Deshacinamiento Penitenciario 2026-2028 para Revertir la Sobrepoblación Carcelaria

 


La medida, oficializada mediante resolución ministerial, responde a una declaratoria de inconstitucionalidad del Tribunal Constitucional y establece un esquema de coordinación interinstitucional con plazos definidos. Cerca de 24.739 internos podrían ser evaluados para beneficios penitenciarios.

Lima, Perú. 6 de junio de 2026. El Gobierno peruano oficializó la aprobación del Plan de Deshacinamiento Penitenciario 2026-2028 mediante la Resolución Ministerial N.° 0203-2026-JUS, publicada en edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La iniciativa busca revertir la sobrepoblación en las cárceles del país, que actualmente albergan a más de 100.000 internos en establecimientos con capacidad para poco más de 41.000 personas. 

La medida responde al mandato del Tribunal Constitucional, que declaró un estado de cosas inconstitucional respecto al hacinamiento carcelario, y se alinea con los objetivos de la Política Nacional Penitenciaria al 2030 y con la declaratoria de emergencia del Sistema Nacional Penitenciario. 

Estructura institucional y mecanismos de ejecución

La ejecución del plan estará liderada por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), que trabajará de manera coordinada con la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia y la Dirección de Gracias Presidenciales. La Dirección de Política Criminológica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos será el órgano encargado de monitorear e informar permanentemente sobre la implementación y cumplimiento de los objetivos trazados hasta 2028. 

La normativa fija un plazo de 15 días hábiles para que se diseñen y presenten los instrumentos técnicos y mecanismos de reporte que permitirán evaluar los avances del plan de forma permanente. Asimismo, se faculta al INPE para promover alianzas estratégicas orientadas a fortalecer su capacidad operativa y ampliar la cobertura de asistencia legal gratuita para los reclusos. 

Alcance y población penitenciaria involucrada

Según estimaciones oficiales, cerca de 24.739 internos podrían ser considerados dentro de este proceso, sujetos a evaluación técnica y judicial previa. Las autoridades precisaron que el plan no contempla la liberación de personas condenadas por delitos de alta peligrosidad. 

La iniciativa establece mecanismos para evaluar posibles egresos mediante beneficios penitenciarios, redención de penas por trabajo o estudio, conversiones de condena, conmutaciones y traslados de ciudadanos extranjeros a sus países de origen. El presidente del INPE, Jorge Cotos Ochoa, informó que el sistema cuenta con 69 establecimientos penitenciarios y aproximadamente 2.150 trabajadores de seguridad a cargo de la custodia. 

Un problema estructural de larga data

Con más de 105.000 internos en establecimientos diseñados para poco más de 41.000 personas, el sistema penitenciario peruano enfrenta un severo problema de hacinamiento que ha sido cuestionado por organismos nacionales e internacionales. La situación incide directamente sobre las condiciones sanitarias, la seguridad interna y los procesos de rehabilitación de los reclusos.

El plan representa un primer paso formal hacia la racionalización de una crisis que el propio máximo tribunal del país calificó de inconstitucional. Su eficacia dependerá de la capacidad del Poder Judicial para procesar los expedientes en los plazos requeridos, de la voluntad política para sostener la coordinación interinstitucional más allá del cambio de gestión, y de la disponibilidad presupuestaria en un contexto de austeridad fiscal. El contenido completo del plan fue publicado en los portales institucionales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del INPE para consulta pública. 

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